Manual de la UE para el desarrollo de programas de bienestar

El presente Manual de la UE se ha elaborado en el marco del proyecto THRIVE@WORK, cuyo objetivo es promover el bienestar en el trabajo animando a los profesionales de Recursos Humanos, a los formadores de Educación y Formación Profesional, a los directores generales y a los propietarios de empresas a dedicar recursos e invertir en programas para el bienestar psicosocial de su personal

El objetivo de este manual de la UE es ayudar a los profesionales de RRHH a desarrollar programas de bienestar, utilizando las mejores prácticas, las lagunas existentes y la orientación práctica sobre el bienestar en el lugar de trabajo, permitiendo así que sus empleados prosperen.

 El manual incluye conclusiones y recomendaciones clave sobre políticas e iniciativas sobre el bienestar en el lugar de trabajo, las mejores prácticas, las brechas existentes a nivel nacional y de la UE, y orientación práctica para cualquier profesional de Recursos Humanos, formador de Educación y Formación Profesional y CEO que desee promover e invertir en el bienestar y la productividad de sus empleados.

  1. Descargue el Manual de acceso gratuito desde el sitio webhttps://thriveatworkproject.eu/resources/)
  2. Lea los 6 capítulos incluidos en el Manual:

Capítulo 1: Qué es el bienestar y por qué es importante.

Capítulo 2: Factores para apoyar la implementación exitosa del bienestar.

Capítulo 3: Cómo planificar un programa de bienestar sólido.

Capítulo 4: Capacidades, recursos e indicadores internos para apoyar un programa de bienestar.

Capítulo 5: La fase de implementación: lineamientos y medidas para la implementación del programa y la gestión de riesgos

Capítulo 6: Evaluación y seguimiento.

Capítulo 7: Cómo hacer que el bienestar permanezca en su organización.

Financiado por la Unión Europea. Las opiniones y puntos de vista expresados solo comprometen a su(s) autor(es) y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o los de la Agencia Ejecutiva Europea de Educación y Cultura (EACEA). Ni la Unión Europea ni la EACEA pueden ser considerados responsables de ellos.

es_ESSpanish
Scroll al inicio